

La Comisión Europea adoptó nuevas medidas para apoyar la implementación del Reglamento de la Unión Europea sobre productos libres de deforestación, conocido como EUDR. La actualización comprende cambios en la lista de mercancías cubiertas por la normativa y nuevas reglas para el funcionamiento del sistema electrónico donde se presentan las declaraciones de debida diligencia. El EUDR busca garantizar que determinados productos comercializados en el mercado europeo no estén asociados con la deforestación ni con la degradación de los bosques.
Entre los principales cambios se encuentra la incorporación del café soluble, determinados derivados del aceite de palma y las lenguas de ganado bovino congeladas. A su vez, se eliminan del alcance productos como los cueros y pieles de ganado bovino, la soya destinada a la siembre, y determinados artículos de caucho como lo son los neumáticos recauchutados, las bandas transportadoras o de transmisión. También se aclara que las muestras y los productos utilizados exclusivamente para análisis, exámenes o pruebas no estarán sujetos al Reglamento.
Con el propósito de brindar a las empresas un periodo adicional de preparación, los productos recién incorporados estarán sujetos al EUDR a partir del 30 de diciembre de 2027. El acto delegado será sometido a un periodo de revisión de dos meses por parte del Parlamento Europeo y del Consejo. Si ninguna de estas instituciones presenta objeciones, la modificación entrará en vigor en diciembre de 2026; sin embargo, las obligaciones para los nuevos productos incorporados comenzarán a aplicarse el 30 de diciembre de 2027.
La Comisión Europea también estableció las reglas de funcionamiento del sistema electrónico en el que los operadores europeos presentan y administran las declaraciones de debida diligencia. La plataforma incorporará declaraciones simplificadas para determinados operadores pequeños, nuevas funcionalidades y opciones para automatizar la presentación de información. Para las empresas costarricenses, lo más relevante es que sus compradores o importadores europeos podrían solicitar información completa y verificable sobre el origen, la trazabilidad y la geolocalización de los productos, con el fin de cumplir con las obligaciones establecidas por el EUDR.
Estas modificaciones son relevantes para las empresas costarricenses que exportan productos comprendidos por el EUDR o que participan como proveedoras en cadenas de suministro destinadas al mercado europeo, especialmente para el sector cafetalero debido a la incorporación del café soluble. Se recomienda revisar la clasificación de las mercancías comercializadas, mantener una comunicación cercana con los compradores europeos y preparar oportunamente la información de trazabilidad que pueda ser requerida. Para conocer todos los cambios, puede consultar la publicación oficial de la Comisión Europea.